Fluctuaciones de voltaje (Flicker) y Código de Red.

 

Las variaciones de voltaje presentes en las instalaciones industriales son originadas por condiciones de falla, que en la mayoría de los casos se relacionan a cortocircuitos en el sistema, mismos que pueden designarse como instantáneos, momentáneos o temporales dependiendo de la duración del evento.

Dentro de estas alteraciones se encuentran los parpadeos o “flicker”, los cuales son un efecto resultante de estas variaciones en el voltaje que son capaces de manifestarse en variaciones de la intensidad luminosa de lámparas o parpadeos en monitores de computadoras y pueden ser ocasionados por cargas fluctuantes o por dispositivos que generan cargas no lineales.

Más allá de los efectos molestos asociados al flicker derivados de las variaciones de iluminación en las instalaciones existen riesgos mayores cuando la tensión se encuentra fuera tolerancia. Estos parpadeos fuera de rango pueden causar deterioro en los sistemas de iluminación o acortar su vida útil, envejecimiento del aislamiento de la red y de los equipos, así como daños a instrumentos sensibles como PLC´s o electrónica de potencia.

 

Flicker y Código de Red 2.0

El Código de Red (CR) es una legislación que se publicó en el Diario Oficial de la Federación y fue emitida por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), en esta se encuentran los criterios de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). El 31 de diciembre del 2021 se publicó la versión actualizada de esta reglamentación y que da respuesta a las 4,764 preguntas o solicitudes de aclaraciones que se dieron en la consulta pública de la segunda versión lanzada en 2019.

En esta versión se realizan cambios importantes en el nivel de flicker de largo plazo tal como se expresa en el apartado “2.8 Calidad de la Potencia”, inciso “e. Fluctuaciones de tensión (parpadeo o flicker)” que establece en la tabla 3.8.D. los límites de fluctuaciones de tensión en que el Plt cambia de ≤0.65 a ≤ 0.8, ya no se menciona

dt, dc y dmáx. “Los Centros de Carga (CC) son los responsables de no provocar fluctuaciones de tensión fuera de los rangos que indica la Tabla 3.8.D. Los valores de Pst y Plt serán monitoreados y medidos conforme a la NOM-001-CRE/SCFI-2019 vigente o la NMX-J-610-4-30-ANCE-2018 Clase A o IEC 61000-4-30 Clase A. El valor a considerar para la evaluación de cada indicador será el percentil 95 de los registros semanales (o 7 días naturales)”.

Los beneficios de cumplir el CR incluyen seguridad y confiabilidad, aunados a retornos de inversión y aspectos económicos a todos los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Si desea conocer las diferentes opciones de estudios que tenemos para la correcta medición de estos parámetros puede enviarnos un correo a contacto@baorgg.com, uno de nuestros ingenieros expertos lo atenderá y acompañará en el proceso de selección de la solución que mejor se adapte a sus necesidades.